Los ISDS: otro obstáculo más en el camino hacia la democracia

Artículo de Alfredo Sánchez Alberca (PACD Madrid) en El Salmón Contracorriente.

En el tortuoso camino hacia las democracias reales son múltiples los obstáculos que las sociedades han tenido y tendrán que superar. Los más interesados en el fracaso de la expedición son los que siempre han ostentado el poder económico: los señores feudales en la edad media, los monarcas absolutos y la nobleza después, los empresarios burgueses a partir de la revolución industrial y en el periodo colonial, los grandes dictadores en el postcolonialismo, y el patriarcado desde siempre. En las últimas décadas, y con la expansión del capitalismo financiero, los nuevos grupos de poder interesados en descarrilar el tren hacia la democracia son las grandes corporaciones transnacionales.

 

Con el paso del tiempo, a media que la clase sometida se ilustraba e iba adquiriendo conciencia de sus derechos y la contestación social aumentaba, estos grupos de poder fueron desarrollando nuevos mecanismos de dominación más sutiles y sofisticados, pero igualmente efectivos, pasando del uso de la fuerza bruta a la explotación a través del empleo, los bloqueos económicos o incluso la legislación en favor de una minoría. En las últimas décadas, la gran arma de sometimiento masiva que han utilizado las grandes corporaciones financieras para someter a los pueblos y sus gobiernos ha sido la Deuda. Una deuda cuyo pago se antepone a la satisfacción de los derechos más básicos de las poblaciones, como ha quedado reflejado de forma explícita en el artículo 135 de nuestra constitución, y que sólo por el hecho de ir contra la voluntad popular debe declararse ilegítima.

Pero la deuda no es el único instrumento que han diseñado para impedir el avance de la soberanía popular; el último instrumento de dominación desarrollado por las corporaciones transnacionales son los mecanismos de solución de controversias entre inversores y Estados (ISDS, por sus siglas en inglés).

¿Qué son los ISDS?

Los ISDS son procedimientos jurídicos que permiten a los inversores (normalmente fondos de inversión controlados por grandes corporaciones multinacionales) saltarse la jurisprudencia de los Estados receptores y demandar a sus gobiernos, cuando estos adopten medidas que les puedan perjudicar, ante tribunales privados que ni siquiera siguen los estándares legales internacionales.

Estos mecanismos de resolución de conflictos normalmente van ligados a los tratados bilaterales de inversiones o de libre comercio entre estados. Tratados que se negocian entre los Estados fuera del marco de la Organización Mundial del Comercio, donde hasta ahora las disputas se resolvían siempre entre los Estados, de manera que las corporaciones multinacionales debían previamente convencer a algún Estado para iniciar una demanda. Es el caso del polémico Tratado de Comercio e Inversiones entre la EU y EEUU (TTIP) o entre la UE y Canadá (CETA), que se están negociando en secreto de espaldas a la población.

De esta manera, los ISDS equiparan el estatus jurídico del capital transnacional al de los Estados nación, y los inversores tendrán la capacidad para demandar a los Estados, incluso sin tener un contrato directo con sus gobiernos.

Unos tribunales que son juez y parte

Una vez firmado un ISDS, las disputas entre inversores y Estados, ni siquiera se dirimen en una corte neutral, que es el mínimo presupuesto para haya justicia, sino que se resuelven en unos tribunales de inversión que están controlados por unos pocos bufetes privados, que habitualmente también trabajan como asesores de las grandes corporaciones, por lo que no pueden ser imparciales. Cada tribunal está formados por tres abogados comerciales que no son elegidos ni controlados por ningún organismo independiente y que tienen la potestad para juzgar los actos legislativos, ejecutivos y judiciales de Estados soberanos sin posibilidad de apelación.

A esta dudosa imparcialidad de los jueces se suma que sólo las empresas pueden demandar a los Estados, y no al revés, por lo que no se garantiza la igualdad de las dos partes. Así, por ejemplo, una empresa puede demandar a un Estado por aprobar una ley más restrictiva sobre las emisiones de CO2, pero el Estado no puede demandar a la empresa por ocasionar daños ambientales. Utilizando un símil futbolístico, es como si además de tener comprado al árbitro del partido, el equipo del Estado no pudiese atacar y sólo se le permitiese defenderse.

Una gran amenaza para la democracia

Los ISDS otorgan a los tribunales de arbitraje una amplia capacidad para interpretar los tratados, por lo que en la práctica ostentan funciones legisladoras normalmente reservadas a los gobiernos elegidos democráticamente. Así, la firma de un ISDS comporta, en el fondo, la renuncia a la facultad soberana de los Estados de adoptar decisiones de política nacional relacionadas con el interés general sin interferencias extrañas. Y es que cualquier cambio regulatorio, tal como una nueva ley o impuesto que reduzca las ganancias privadas se puede considerar como una violación de las “expectativas legítimas” del inversor que merece una indemnización. Así, la sola amenaza de presentar una demanda de inversión tiene un efecto disuasorio en la aprobación de nuevas normas regulatorias en los Estados, especialmente en los menos desarrollados.

Entre las regulaciones que podrían provocar una demanda de los inversores está cualquier actuación del Estado que ponga en peligro los beneficios esperados por la inversión: Reformas fiscales que aumente los impuestos para las grandes empresas, nacionalizaciones o expropiaciones, normativas más restrictivas de protección de la salud, normativas laborales que perjudiquen a las empresas como la subida de salarios o mayores indemnizaciones por despido, normativas más restrictivas de protección medioambiental o la paralización o reversión de procesos de privatización de servicios públicos. De esta manera, los Estados quedan atados de pies y manos para poder legislar en beneficio del interés público, lo cual sirve a su vez para que muchos gobiernos cómplices de las grandes corporaciones, se justifiquen ante sus electores por no acometer las reformas demandadas por estos.

Casos de demandas por ISDS

Dado que todo son ventajas para los inversores, no es de extrañar que cada vez más se utilicen los ISDS en los acuerdos comerciales y de inversiones (actualmente existen más de 3000 tratados que incorporan ya algún tipo de ISDS), y que las demandas por ISDS se hayan disparado en los últimos años, de unos pocos casos a principios de los 90 hasta casi 600 en 2013, de los cuales 127 han sido contra gobiernos europeos, sumando una cifra de varias decenas de millones de euros. [1]

Algunos de los casos más llamativos

  • Wattenfall vs Alemania: Alemania ha sido demandada por la compañía sueca Vattenfall, que reclama 3700 millones de € al gobierno alemán por su decisión de abandonar la producción de energía nuclear tras el desastre de Fukusima.
  • Occidental Petroleum vs Ecuador: Ecuador fue condenado en 2012 a pagar 2400 millones $, una suma equivalente al gasto anual de Ecuador en sanidad para 7 millones de personas, como compensación a la empresa Occidental Petroleum al determinar un tribunal de arbitraje que poner fin al contrato de esta petrolera equivalía a una expropiación a pesar de que la empresa hubiera violado el contrato.
  • Philip Morris vs Australia: Australia ha sido demandada por la empresa tabacalera Philip Morris bajo un ISDS recogido en un acuerdo comercial entre Hong Kong-Australia, por aprobar una legislación para que las cajetillas de tabaco no tuviesen ninguna publicidad.
  • Suez vs Argentina: Argentina fue demandada en 2010 por la empresa Suez ante un tribunal de arbitraje por devaluar su divisa y congelar las tarifas de los servicios básicos, como el agua y la energía.
  • Veolia vs Egipto: Egipto espera el resultado arbitral después de que la empresa Veolia denunciara en 2013 al Estado por sentirse perjudicada por el aumento del salario mínimo.

La injusticia de los ISDS es tan manifiesta, que la propia Comisión de la UE se ha visto obligada, ante las movilizaciones masivas en contra de los ISDS, a realizar una consulta popular que recogió más de 150.000 respuestas de marzo a julio de 2014, la inmensa mayoría en contra de los ISDS. Algunos gobiernos como el francés han manifestado también sus discrepancias con los ISDS, mientras que otros como el español están presionando para que se incluyan en el TTIP y en el CETA.

Si queremos parar esta nueva amenaza para nuestra protodemocracia es necesario que la población conozca lo que son los ISDS y se movilice en contra suya. Desde la Plataforma Auditoría Ciudadana de la Deuda denunciamos que los ISDS, al igual que la deuda, son ilegítimos, y por tanto deben eliminarse de los contratos comerciales así como debe reparase el daño causado a los Estados sancionados.

Referencias

  • Hilary, John. El acuerdo transatlántico sobre comercio e inversión. Rosa-Luxemburg-Stiftung. Febrero 2015.
  • Los acuerdos internacionales de inversión a examen. Traidcraft. Febrero 2015.

Notas

[1] Emma Jayne Geraghty and Natacha Cingotti. The Hidden Cost of EU Trade Deals: Investor-State Dispute Settlement Cases Taken Against EU Member States. Brussels, Friends of the Earth Europe, December 2014.

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