Somos un pequeño grupo de personas que lleva tres años trabajando temas relacionados con la Deuda como nodo de la PACD en Gipuzkoa. Ver que una nueva ‘fuerza’ política tan potente como Podemos incluía el tema en su agenda ha sido realmente emocionante.
Desde que conocimos la última resolución sobre el tema: “Auditoría y reestructuración de la deuda: una propuesta para Podemos” presentada por Alberto Montero Soler, Bibiana Medialdea García y Nacho Álvarez Peralta hemos estado debatiéndola aquí y siguiendo el hilo del debate a nivel estatal, y queremos haceros llegar las dudas e inquietudes que nos han surgido como resultado de ese debate.
La primera tiene que ver con una omisión. En el punto 1.2 del programa con el que os presentasteis a las elecciones europeas decíais:
1.2 – Auditoría ciudadana de la deuda. Auditoría ciudadana de la deuda pública y privada para delimitar qué partes de éstas pueden ser consideradas ilegítimas para tomar medidas contra los responsables y declarar su impago. Reestructuraciones del resto de la deuda y derogación del artículo 135 de la Constitución española con el objetivo de garantizar los derechos sociales frente a los intereses de los acreedores y los tenedores de la deuda. Coordinación de las auditorías y de los procesos de reestructuración de deuda con otros países de la UE. Regulación de las relaciones privadas de deuda para impedir cláusulas de abuso.
En el texto que presentaron Alberto, Bibiana y Nacho no se hace mención al artículo 135 de la Constitución española; ni para decir que se cambiará, ni para decir que se mantendrá, ni para decir que —cambiado o mantenido— se someterá a referéndum.
De entre las personas de nuestro grupo, unas pensamos que se ha omitido en la resolución porque ya se incluye en alguna otra; en la política quizás. Pero las peor pensadas argumentan que si en el programa de las europeas iba bajo el epígrafe “1.2 – Auditoría ciudadana de la deuda”, en una resolución titulada “Auditoría y reestructuración de la deuda: una propuesta para Podemos”, se debería haber mantenido la referencia o, en todo caso, se debería haber explicado el porqué de su omisión.
Os explicamos todo esto para que veáis el contexto de nuestras dudas, pero nos basta con que contestéis a esta pregunta.
PREGUNTA 1: ¿Mantendrá, Podemos, en su programa, la derogación del articulo 135 de la Constitución española? O, mejor dicho ¿Tiene Podemos voluntad de modificar dicho artículo y/o someterlo a referéndum en alguna de sus formas?
La segunda pregunta es más difícil de formular porque, en parte, tiene que ver con nuestras propias limitaciones. Como os decíamos, llevamos tiempo trabajando y tratando de formarnos, y pese a las varias definiciones de ‘Auditoría Ciudadana de la Deuda’ que barajamos —algunas de nuestro propio grupo—, no terminamos de solucionar la cuestión: ¿Qué es? o ¿cómo haríamos una tal auditoría?
Hemos revisado varios antecedentes como los de Filipinas, Brasil, Ecuador, Uruguay. Algunas de ellas son auditorías gubernamentales, otras independientes y otras mixtas. Pero no terminamos de tener en la cabeza un esquema claro. Lo que sí tenemos claro son dos puntos fundamentales que para nosotras implica la idea ‘Auditoría Ciudadana’. El primero es el de la transparencia y el segundo es el del derecho a preguntar.
Para ilustrar el concepto de transparencia os contamos un caso real de no transparencia. Llevamos más de un año intentando conseguir un listado de prestamos y créditos suscritos por el ayuntamiento de Donostia—San Sebastián con bancos privados desde 2001 hasta 2012. Pues no lo hemos conseguido. Por la razón que sea el ayuntamiento de una de nuestras ciudades no es transparente en ese tema.
Para ilustrar el derecho a preguntar nos vamos a referir a los Observatorios Ciudadanos Municipales. ¿Qué es un OCM? Pues es un grupo de personas que mantienen un canal de comunicación —típicamente una página web— entre la ciudadanía y un ayuntamiento. De tal forma que cualquiera puede preguntar cualquier cosa a su ayuntamiento, y el grupo supervisa la existencia de una respuesta ‘con sentido’ por parte del ayuntamiento.
Y las preguntas:
PREGUNTA 2: ¿Cuál es vuestro modelo de auditoría o qué modelos estáis barajando? Vuestro modelo de auditoría: ciudadana, pública, con técnicos o sin ellos… ¿Incluye las ideas de transparencia y derecho de cualquiera a preguntar?
PREGUNTA 3: Una vez que una auditoría califica una deuda como ilegítima: ¿Qué proponéis hacer con ella?¿Las conclusiones de la auditoria son puramente informativas/ pedagógicas (sensibilizar a la ciudadanía sobre el tema de la deuda ilegitima), o son vinculantes?
Y esta última pregunta nos lleva al tema más peliagudo: reestructuración o impago. Para evitar la inútiles discusiones nominalistas y, además, pensando que es un uso bastante cabal, vamos a llamar:
Reestructuración: a aquel proceso por el que una deuda cambia —bajo la presión de los acreedores— sus intereses, y/o su cantidad a amortizar, y/o su periodo de amortización, y/o sus periodos de carencia de tal forma que, en términos globales, los acreedores no pierden; en algún caso incluso ganan.
Impago desordenado: es lo que se conoce como ‘default’. Es una situación en la que los deudores no pueden o no quieren hacer frente a lo que los acreedores llaman sus ‘obligaciones’ y no pagan la deuda. Históricamente el ejemplo más relevante son los miles de ‘defaults’ que se produjeron durante el ‘crack’ de 1929.
Impago ordenado: es un proceso por el cual los deudores consiguen imponer a los acreedores una reducción parcial o total del pago de una deuda. Un ejemplo sería el impago ordenado de Islandia en el año 2011 o el reciente impago parcial del gobierno argentino al 97% los tenedores de una deuda pública. Tenemos la impresión de que la negociación de “soluciones cooperativas” que Alberto, Bibiana y Nacho proponen como la única solución perdurable en el tiempo es imposible cuando de deuda se trata. La reestructuración siempre se propone desde los ámbitos del poder (i.e.: FMI, BCE, ‘troika’, Bundesbank, y así).
PREGUNTA 4: ¿A qué se le llama desde Podemos reestructuración de la deuda?
Además, nos da la impresión de que en la redacción de la propuesta para Podemos el acuerdo cooperativo se propone como un fin en sí mismo; mientras que parece lógico pensar que el fin último al que se debería aspirar es el bien común (rebajar la deuda a niveles que no comprometan la soberanía y el bienestar del país en un proceso lo más justo posible), y que la cooperación es solo una forma de alcanzar este fin. Y, por tanto nos surge la pregunta.
PREGUNTA 5: En caso de no existir un acuerdo cooperativo entre deudores y acreedores, ¿Quién o qué determina un criterio para proceder con la deuda? ¿Os parecería razonable que, en este escenario de no acuerdo, la manera de decidir un impago ordenado unilateral por parte del deudor fuera a través de la auditoría más un proceso consultivo (como un referéndum)?
Finalmente, intentando ser constructivas, queremos señalar una propuesta que parte de la obviedad de que España no puede devolver —ni reestructurada ni sin reestructurar— una deuda (suma de pasivos incluidos depósitos) de 4,49 billones con ‘b’ de euros. Nos referimos a la que ha hecho Carlos Sánchez Mato que muy resumida consiste en clasificar las deudas, en función de sus acreedores, en seis categorías:
1. Administraciones públicas
2. Familias y hogares
3. Sociedades no financieras
4. Sociedades financieras
5. Entidades de crédito
6. Resto del mundo
Y declarar el no pago de la deuda, en un 50%, a los acreedores de las tres últimas. (Para ver los detalles Carlos Sánchez Mato “¿Y si no pagamos la deuda? mecanismos y alternativas”). Para lo cual, ni que decir tiene, sería necesaria la nacionalización de la banca. Pero con lo que se conseguiría volver al nivel de endeudamiento anterior a la crisis: 60% del PIB.
PREGUNTA 6 ¿Estaría Podemos realmente dispuesta a asumir un planteamiento de no pago la deuda de este tipo?
Os deseamos tanto éxitos electorales y en vuestro gobierno como expectativas habéis levantado en nosotras: la ciudadanía.