La Cooperación Reguladora: abriendo la caja de Pandora

juncker

No puede haber elección democrática contra los tratados europeos”, Jean-Claude Juncker, Presidente de la Comisión Europea

David García

Pese a los esfuerzos de ocultación que llevan adelante nuestros medios y nuestros representantes, las amenazas y los riesgos inherentes al TTIP van poco a poco llegando al conocimiento de la ciudadanía. Pollos clorados, hormonas y organismos genéticamente modificados en nuestra alimentación, rebaja de estándares sociales y medioambientales, pérdida de privacidad, creación de tribunales privados para las corporaciones …la lista agravios que negocia la Comisión Europea parece no tener fin. Sin embargo, entre tanto ruido y alboroto, parece que nuestra atención quedó desviada del instrumento más peligroso que contiene el TTIP, su arma definitiva: el Consejo de Cooperación Reguladora.

Comprendiendo el funcionamiento del TTIP

Desde el punto de vista biológico no existe en la naturaleza una amenaza mayor para la vida celular que la que representan los virus. Estas microscópicas criaturas, apenas una breve secuencia de ADN recubierta de proteínas, son capaces de aniquilar la vida de estas y la de seres compuestos por millones de estas. La clave de su carácter letal reside principalmente en su capacidad de tomar bajo su control el centro decisional de las células atacadas. Una observación rigurosa del instrumento estrella del TTIP, el Consejo de Cooperación Reguladora (CCR), nos permite reconocer en este instrumento un modus operandi que presenta unas similitudes sorprendentes con las mecanismos de las infecciones virales, lo que es a la vez una indicación clara de su enorme peligrosidad y sobre todo de la existencia de un objetivo muy definido perseguido por las mentes pensantes detrás de este tratado, pues el CCR está diseñado para funcionar como un virus letal en nuestro cuerpo social.

Las armas del TTIP

Aumentando el zoom sobre el TTIP podemos observar que este contiene en esencia dos tipos de medidas para alcanzar sus objetivos. Las primeras, que podríamos denominar “medidas inertes” hacen referencia a lo que se conoce como barreras tarifarias y no tarifarias en la jerga burocrática. Su característica principal producir un efecto único. Así por ejemplo, la bajada de aranceles o la rebaja de la protección ambiental tienen efecto sólo una vez, eliminando o rebajando un arancel o una regulación concreta. Sus consecuencias claro, pueden ser enormes y como tales deben ser combatidas. Pero desde la perspectiva a la que nos referimos aquí, no “expanden” sus efectos. Si eliminamos un derecho sindical por medio de una medida concreta, los derechos restantes no se ven afectados. Por supuesto que podrá tener efectos futuros, pues pueden crear una “tendencia” facilitando que otros derechos sean menoscabados. Pero éstos tendrán que serlo de la misma manera por medio de nuevas “medidas inertes”. Esto exige estar continuamente creando nuevas medidas, con el desgaste político que conlleva, para así ir mermando los sistemas de protecciones que tan molestos resultan a las multinacionales.

Para evitar este problema, el TTIP pretende poner en marcha medidas que buscan tener consecuencias que van más allá del efecto único. Para conseguir este objetivo el TTIP busca introducir mecanismos con “vida propia” que surtirán efecto mucho después de la aprobación misma del acuerdo. En definitiva, se trata de imponer no ya trabajosas “medidas inertes” de un solo uso, sino “procesos vivos” que una vez inoculados en el cuerpo legislativo “expandan sin fin” sus efectos de una forma casi automática. La Comisión Europea, en un arrebato de franqueza califica al TTIP como un tratado vivo. Y en la medida que aceptemos que un virus lo es, bien que tiene razón.

La fuerza bruta y la astucia (o el ISDS y el CCR)

Junto a lo que hemos denominado “armas inertes”, el TTIP establece dos intrumentos que van más allá de las meras “medidas” que se agotan una vez producido el efecto previsto. Estos instrumentos son los ISDS y el Consejo de Cooperación Reguladora que hacen que el tratado pueda definirse como un tratado de libre comercio de “tercera generación” aceptando que la primera generación hacía referencia a aranceles y cuotas (barreras tarifarias) y la segunda a las regulaciones (barreras no tarifarias). La característica principal de las medidas de esta “tercera generación” es doble: primero, su efecto no se agota en un solo acto sino que tiene efectos continuados en el tiempo; segundo, su acción está dirigida a condicionar la toma de decisiones del cuerpo social, es decir, ataca el centro neurálgico de una sociedad que es su poder político. Estos instrumentos buscan ya no tanto cooptar este poder político (como se hace actualmente), sino más bien cercenar su capacidad última de decisión, alejando así la toma real de las decisiones de los órganos elegidos democráticamente y consecuentemente de la ciudadanía soberana.

Sin embargo ISDS y CCR son diametralmente distintos en su forma de actuar. El ISDS es un mecanismo basto que se asemeja enormemente en su modo de actuar al comportamiento que podría tener cualquier mafioso holywoodiense. Permitiendo a los conglomerados transnacionales reclamar a los estados el lucro cesante que se pudiese derivar de la actuación reguladora de la mano pública, el ISDS no busca tanto la consecución de un ganancia pecuniaria fácil por medio de las multimillonarias indemnizaciones exigidas (aunque a esto nunca se niegue el capital) como más bien provocar un efecto intimidatorio que evite cualquier regulación contraria a sus intereses. Dicho de otro modo, se persigue que el Estado haga dejación de funciones y no regule contra el interés empresarial por miedo a ser castigado con multas prohibitivas. Mero chantaje de matón de barrio ampliado al nivel interestatal.

Este instrumento presenta sin embargo limitaciones evidentes. En primer lugar, por su agresividad y su contundencia resulta difícil de aplicar en las democracias occidentales. Demasiado hosco y demasiado obvio, con lo cual resulta muy difícil de ocultar a las opiniones públicas y permite a los grupos sociales tener un objetivo claro que atacar. No es, por decirlo utilizando la jerga tan al uso en nuestros medios de intoxicación, nada “smart”. En cierto modo este carácter aclara el rechazo expresado por el Senado francés y de partes del gobierno alemán entre otros a este instrumento. Pero en segundo lugar, aún en el caso de que acabara imponiéndose, el ISDS sólo puede aspirar a conseguir una “congelación” de la situación regulatoria actual, pues las empresas no podrán atacar a los gobiernos por la legislación que ya esté en vigor. Esto es una perspectiva nada satisfactoria para los promotores del tratado, que se verían forzados a utilizar “medidas inertes” para ir, como es el objetivo claro del TTIP, rebajando los estándares de protección a la sociedad. Por lo tanto es muy probable que acabe siendo eliminado como concesión generosa de nuestros representantes a la presión popular, cual cola de lagarto, que sería agradable conservar pero de la cual se puede prescindir al objeto de salvar el TTIP.

Con esto llegamos al CCR, que es la verdadera “joya” del tratado. Si el ISDS intenta crear un sistema judicial paralelo al objeto de amedrentar al ejecutivo, el CCR busca el control mismo del poder legislativo, que pese a la separación de poderes propuesta por Montesquieu, en nuestros sistemas se encuentra anclado en el poder legislativo propiamente dicho (leyes) y en el poder ejecutivo (reglamentos, decretos, órdenes etc). El CCR, al igual que hacen los virus, no se impone mediante la fuerza bruta. El virus introduce en el núcleo celular su carga genética convirtiendo a esta en una especie de “zombie” a su servicio. Un proceso similar que no altera la apariencia externa pero sí la función a realizar por los órganos reguladores del poder político es el que emplea el CCR. Cómo este proceso se lleva a cabo será explicado con todo detalle en un artículo posterior. Baste decir aquí que este control va a ser mucho más sibilino, sin utilizar la coerción y la intimidación y manteniendo las estructuras existentes pero limitando el margen de acción de todos y cada uno de los órganos reguladores. Al igual que un virus inocula su secuencia genética en el ADN de la célula infectada, colocándola bajo su férula, el CCR introduce en el proceso de creación de normas un principio central que no es otro que la valoración de toda norma bajo el prisma de su impacto sobre el comercio y la inversión, es decir, del impacto que cualquier medida soberana pueda tener sobre los costes y los beneficios de las multinacionales. En esta valoración la opinión de las multinacionales tiene obligatoriamente que ser tenida en cuenta con lo cual el CCR institucionaliza el trabajo de lobby que ya hoy realizan los cerca de 30000 empleados de los grupos de presión que pululan en Bruselas. A partir de la entrada en vigor del TTIP, toda actividad normativa que se planee tendrá que cuidarse de no interferir en los intereses de las multinacionales, so pena de ser paralizada antes incluso de llegar a ser regulación. Para ello el CCR estará situado jerárquicamente por encima de los otros reguladores y podrá imponer su veto a toda legislación contraria al interés corporativo.

En este sentido, la argumentación de Bruselas de que el CCR no puede adoptar actos legales deja de tener validez. El CCR no necesita “hacer las normas”. No es por tanto un órgano legislativo (que no podría cuadrar legalmente ni en los tratados europeos ni en las constituciones nacionales). Simplemente está en condiciones de impedir leyes. Su “código genético neoliberal” le obliga además a analizar toda propuesta normativa desde la perspectiva de la afectación a las inversiones, lo que se traduce en una protección contra normas que perjudiquen a las multinacionales. El CCR pasa así a conformarse como un tribunal de la Inquisición que vigila por la pureza de las leyes según la doctrina de la fe neoliberal. Este dogma fracasado que padecemos desde hace ya más de 30 años pasa a ser institucionalizado, y de esta manera, puesto a salvo de las veleidades de poblaciones que están aprendiendo a votar lo que no deben. El CCR es ideología fracasada hecha institución pública.

Parlamentos como museos del pasado

Pero como ya bien nos tiene acostumbados la Comisión, en el TTIP siempre se esconde algo más. El texto de la Propuesta de la Comisión Europea que sirvió de base a las discusiones de la Octava Ronda de Negociaciones con los EEUU en su artículo 11.2 introduce la posibilidad de revisar toda regulación planeada o “existente”. Este adjetivo que en lectura rápida pasa casi desapercibido es una auténtica bomba de relojería pues pone a disposición “todo el cuerpo legislativo” aprobado en Europa desde su creación misma, que podrá así ser revisado bajo el “nuevo código genético” del beneficio empresarial marcado en el CCR. Así, de un plumazo, se elimina la limitación de los ISDS, que no permitían revisar normas en vigor. De esta manera, si aun se firmase el TTIP sin ningún tipo de cambio regulatorio, este podría ser introducido a posteriori por medio de comisiones de trabajo de funcionarios sin nombre que no responden a la voluntad popular sino a un mandato neoliberal. Y este, al alcanzar el rango de tratado internacional, solo podrá ser alterado con el apoyo de la contraparte estadounidense. A partir de ese momento podremos visitar nuestros parlamentos como reliquias de un pasado que se llamó democrático. O cerrarlos para ahorrar costes inútiles.

Es importante por último tener en cuenta un aspecto adicional de enorme significado del que nunca se habla. Estos días somos testigos de la lucha del gobierno griego por acabar con las imposiciones de la Troika y el Eurogrupo, impuestas sin respetar la soberanía del pueblo griego. Pese a las presiones ejercidas sobre el legítimo gobierno griego, Tsipras cuenta todavía con medios para resistir las presiones a las que se ve sometido, pues la Unión Europea no cuenta con medios coercitivos contundentes para hacer cumplir las sanciones. Este es el margen de maniobra que permite a Tsipras negociar. Este caso se dió también cuando Alemania y Francia no cumplieron con el Pacto de Estabilidad y pese a ello no fueron sancionados. La situación sin embargo cambiará dramáticamente si la contraparte a la que un estado soberano tiene que resistir no es la UE, sino los EEUU. En esta situación podrá hacerse realidad la advertencia que el Presidente de la Comisión ha hecho a los pueblos: “il ne peut y avoir de choix démocratiques contre les traités européens” (no puede haber elección democrática contra los tratados europeos). A diferencia de la UE, el gobierno estadounidense se caracteriza por tener más de uno (y de dos) medios de presión. El TTIP le dará además la posibilidad “legal” de actuar contra gobiernos que no respeten las decisiones del CCR, con lo cual el TTIP refuerza el carácter vasallo y dependiente de Europa con respecto a los Estados Unidos. El “orden neoliberal” contará así con un gendarme eficiente para hacer cumplir sus designios a parlamentos y gobiernos díscolos.

El CCR: la caja de Pandora del TTIP

Resumiendo: el CCR restringirá la libertad de legislar y regular de los órganos legislativos y ejecutivos salidos de la voluntad democrática de los pueblos. Esta limitación se establecerá mediante un órgano burocrático de censura normativa previa, sometido el mismo a disposiciones que lo obligan a analizar la regulación solamente desde una perspectiva economicista de marcado talante neoliberal. Si bien el CCR no puede legislar, puede bloquear la legislación de órganos democráticos. Como el CCR está compuesto por un 50% de funcionarios estadounidenses, se crea un nuevo nivel transatlántico que concede a la contraparte estadounidense un poder de “veto legislativo” a decisiones soberanas europeas. Aunque esto también se produce en el sentido contrario, la relación de fuerzas existente claramente indica que en la práctica este poder será unívoco. Por último, coloca a estados o parlamentos díscolos que insistan en su soberanía, de facto, frente al poder de EEUU que jugará indefectiblemente el papel de gendarme del orden neoliberal del TTIP.

El TTIP es la expresión máxima de la argucia del capital transnacional para imponer su control sobre las sociedades occidentales. Abrir la capacidad normativa (esencia misma del estado soberano) a la influencia de las transnacionales equivale a abrir la caja de Pandora. Significará el vaciamiento del ya imperfecto sistema democrático que tenemos. Es un golpe de estado silencioso que todo ciudadano/a que crea en la democracia está obligado a combatir.